viernes, 15 de junio de 2012

Capacitación Básica BPM


Este Power point lo prepare cuando trabajaba en un frigorífico equino. Fue la primer charla que dí, para conocernos con el personal, y ponernos de acuerdo con las cosas más importantes desde un principio.

Creo que es bastante adaptable a diferentes situaciones y les puede servir de guía para alguna oportunidad.


Les dejo algunos tips que aprendí sobre dar capacitaciones:

  • Los empleados de cualquier lugar tienen ganas de terminar e irse pronto a sus casas, por lo tanto, mejor dar más charlas pero CORTAS.
  • La gente normalmente mantiene la mayor atención los 1eros 20 minutos, no hacer charlas mas extensas de media hora.
  • Siempre quieren leer el Power point, y no te prestan atención (y más si leen con dificultad). Mejor leer cada filmina y comenzar a hablar. Si es posible retirarlas mientas uno explica el tema.
  • Terminar las charlas con un breve resumen y/o una motivación, para "llamarlo a la acción". No mas 3 o 4 minutos.
  • Si toma asistencia, no pase una hoja, ya que hay personas que no han tenido oportunidad de aprender a escribir o leer. Tómese unos minutos y usted les marca dónde firmar la capacitación, o tome asistencia.


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Mensajes....

Curso Obligatorio de Manipulador de Alimentos

LA SECRETARIA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA y EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el Artículo 1º de la Resolución Conjunta N° RESFC-2019-12-APN SRYGS#MSYDS de fecha 10 de abril de 2019 de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA y la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Artículo 21 del Código Alimentario Argentino, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 21:

1. Toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas, debe estar provista de un CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS, expedido por la autoridad sanitaria competente, con validez en todo el territorio nacional.

2. Cada jurisdicción implementará el sistema de otorgamiento del CARNET DE MANIPULADOR de conformidad con lo prescrito en el presente artículo.

3. Es responsabilidad del empleador garantizar las condiciones necesarias para que el manipulador de alimentos cumplimente en forma adecuada la obtención del CARNET.

El único requisito para la obtención del CARNET, será cursar y aprobar un Curso de Capacitación en Manipulación Segura de Alimentos (...)

https://www.argentina.gob.ar/noticias/capacitacion-manipuladores-de-alimentos-modificacion-del-articulo-21-del-caa