lunes, 7 de noviembre de 2016

Céstodos - HIDATIDOSIS

Phyllum: PLATELIMINTO
Clase: EUCESTODA (cestodos verdaderos)
Familia: TAENIIDAE
Género: ECHINOCOCCUS

Generalidades

Cuerpo largo y acintado.
Sin tubo digestivo, realizan absorción de nutrientes a través del tegumento.
Dividido en proglótidas donde cada una contiene órganos reproductores masculinos y femeninos, por tal característica se denominan hermafroditas.
Huevos con embrión hexacanto (3 pares de ganchos), llamado oncófora; rodeado por el embrióforo.

El cuerpo presenta una extremidad anterior en forma de cabeza o escólex: provisto de 4 ventosas y una parte protusible llamada róstelo. Sirven como órgano de fijación.

Le sigue a la cabeza una porción corta sin segmentar denominada cuello, luego un conjunto de proglótidas, denominadas estróbilo.

La oncófora activada penetra en la mucosa intestinal y migra por el sistema circulatorio hacia su ubicación final, formándose los estadíos larvarios conocidos como estados metacestódicos. Se producen dentro del huésped intermediario, donde no llegan a madurar sexualmente y se agrupan según muestren gemación o no en la reproducción.
Estado metacestódico con gemación: son aquellos que a partir de una oncófora desarrollan en su interior múltiples estados larvarios, lo que significa que en el huésped definitivo se forman múltiples estados adultos.

HIDATIDE: en esta vesícula los escólices no se desarrollan de la membrana germinativa directamente, sino que nacen del interior de otras vesículas que se forman a partir de la vesícula primitiva.

HIDATIDOSIS


Especie: Echinococcus granulosus


Es una enfermedad zoonótica grave. Producida por un agente cestódico de los cánidos. 

De presentación principalmente rural, en zonas de cría de ovinos y perros en contactos con estos. 
Es un céstodo muy pequeño: 0,3-0,5 cm.
  • Huésped definitivo (huésped del verme adulto): PERRO, lobo, zorro y otros carnívoros salvajes.
  • Huésped intermediario: OVEJA, ganado bovino, cerdos, alce, ciervo, rara vez perros, gato y humano.

Ciclo biológico


  • La enfermedad es grave de acuerdo a la ubicación del quiste.
  • El humano es responsable por ofrecer vísceras crudas al perro.
  • El canino es una mascota y existe un contacto estrecho en este; por lo tanto, hay que cuidar la higiene personal.

PREVENSION Y CONTROL

  • Impedir infestación de huésped definitivo (que se infecte el perro): no dar vísceras crudas a los perros. Si se faena en el campo hay que quemar las achuras o enterrarlas con doble capa de cal.
  • Reducción de la carga de adultos: como reduciendo la población canina con castraciones. Diagnostico y control en caninos. Tratamiento periódico en caninos (desparasitación cada 15 días en zonas de poco cuidado).
  • ¡Higiene! Lavar las manos luego de tocar los animales y antes de llevarnos las manos a la boca. 
  • Lavar muy bien las verduras y frutas antes de consumirlas.

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Curso Obligatorio de Manipulador de Alimentos

LA SECRETARIA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA y EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el Artículo 1º de la Resolución Conjunta N° RESFC-2019-12-APN SRYGS#MSYDS de fecha 10 de abril de 2019 de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA y la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Artículo 21 del Código Alimentario Argentino, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 21:

1. Toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas, debe estar provista de un CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS, expedido por la autoridad sanitaria competente, con validez en todo el territorio nacional.

2. Cada jurisdicción implementará el sistema de otorgamiento del CARNET DE MANIPULADOR de conformidad con lo prescrito en el presente artículo.

3. Es responsabilidad del empleador garantizar las condiciones necesarias para que el manipulador de alimentos cumplimente en forma adecuada la obtención del CARNET.

El único requisito para la obtención del CARNET, será cursar y aprobar un Curso de Capacitación en Manipulación Segura de Alimentos (...)

https://www.argentina.gob.ar/noticias/capacitacion-manipuladores-de-alimentos-modificacion-del-articulo-21-del-caa